3 de julio de 2026 · 6 min
RD 933/2021: qué te obliga y qué multas hay por no registrar viajeros
El Real Decreto 933/2021 es la norma que obliga a los alojamientos turísticos a comunicar los datos de sus huéspedes. Saber qué exige y qué multas conlleva incumplirlo es clave para proteger tu negocio.
¿Qué es el Real Decreto 933/2021?
El RD 933/2021 establece las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. En la práctica, obliga a comunicar a las autoridades los datos de los viajeros a través de SES.Hospedajes.
¿Qué obligaciones impone a los alojamientos?
- Registrarse como titular de la actividad de hospedaje ante el Ministerio del Interior.
- Recabar los datos de cada viajero al formalizar el hospedaje.
- Comunicar esos datos a SES.Hospedajes en un plazo máximo de 24 horas.
- Conservar la información durante el tiempo que marca la normativa.
¿Qué multas hay por no registrar a los viajeros?
Las sanciones por incumplir las obligaciones de comunicación pueden ir desde los 100 € hasta los 30.000 €, según la gravedad de la infracción.
Las infracciones leves incluyen errores en los datos o retrasos en la comunicación. Las graves incluyen no registrarse como proveedor de hospedaje o no comunicar los datos de los viajeros. Un olvido puntual puede salir caro.
Cómo evitar sanciones de forma sencilla
La forma más segura de no incurrir en infracciones es automatizar el proceso: que los datos se recojan correctamente, se validen antes de enviarse y se comuniquen siempre dentro del plazo de 24 horas.
Partix valida cada dato según los requisitos de SES, avisa si un envío falla y te muestra en todo momento el estado de cada parte. Así reduces al mínimo el riesgo de errores y retrasos que puedan derivar en multas.